Cuándo quitan la zona de bajas emisiones en Madrid es la pregunta que se hacen muchos conductores tras las últimas sentencias judiciales. La respuesta corta es que, a día de hoy, la ZBE de Madrid no se quita: sigue plenamente en vigor bajo una nueva ordenanza, aunque el debate jurídico ha generado bastante confusión.
En este artículo aclaramos qué han anulado exactamente los tribunales, qué ha cambiado con la Ordenanza 2/2026 y qué significa todo esto para tu coche, tanto si tiene etiqueta como si figura sin distintivo ambiental en el Registro de la DGT.
¿Han anulado la zona de bajas emisiones los tribunales?
La confusión nace de una sentencia real. En septiembre de 2024 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la ordenanza original que daba cobertura a la zona de bajas emisiones, y en abril de 2026 el Tribunal Supremo inadmitió el recurso del Ayuntamiento, dejando firme esa anulación.
Ahora bien, lo que se anuló no fue el objetivo ambiental, sino la forma en que se aprobó la norma de 2021. Los tribunales apreciaron deficiencias en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo: el Ayuntamiento no justificó adecuadamente el impacto económico de la medida sobre ciudadanos y empresas.
Por tanto, la anulación es de tipo procedimental. No implica que las restricciones desaparezcan, sino que la ordenanza original quedó sin base legal y hubo que sustituirla por una nueva que corrigiera esos defectos de tramitación.
¿Sigue vigente la ZBE con la nueva ordenanza de 2026?
Sí. El 24 de marzo de 2026 el Pleno del Ayuntamiento aprobó la Ordenanza 2/2026, en vigor desde primeros de abril, que sustituye a la anulada y mantiene la zona de bajas emisiones de Madrid en pleno funcionamiento. El sistema de cámaras con lector OCR y el cruce de datos con la DGT continúan operativos.
La norma no elimina la ZBE, pero introduce un nuevo régimen transitorio. Desde las 00:00 horas del 7 de abril de 2026 se permite circular temporalmente a determinados vehículos de categoría A domiciliados en Madrid y dados de alta en el padrón del IVTM, siempre que se cumplan los valores límite de dióxido de nitrógeno en todas las estaciones de calidad del aire.
Ese permiso es condicional: si se incumplen los límites de calidad del aire, la Junta de Gobierno puede declarar extinguido el régimen transitorio y volver a sancionar la circulación de estos vehículos. Las multas de 200 euros siguen siendo aplicables para quien no esté amparado por esta excepción.
Este es el resumen del acceso por etiqueta en las distintas zonas de Madrid según la situación vigente en 2026.
- Sin etiqueta (A): prohibido con carácter general, multa de 200 euros salvo régimen transitorio
- Etiqueta B y C: circulan por la ZBE general; en el Distrito Centro solo con parking, residencia o invitación
- Etiqueta ECO y Cero: circulan libremente por toda la ciudad, incluidas las zonas de especial protección
- Vehículos A domiciliados en Madrid: régimen transitorio condicionado a los límites de calidad del aire
¿Qué pasa con las multas impuestas antes de la nueva norma?
Aquí está el matiz más relevante para muchos conductores. Las multas impuestas bajo la ordenanza anulada, especialmente en las zonas de especial protección del Distrito Centro y Plaza Elíptica, cuentan ahora con un argumento jurídico más sólido para ser recurridas gracias a la sentencia del Supremo.
Esto no significa que haya una devolución automática del dinero. Quienes tengan expedientes abiertos o sanciones que aún no sean firmes disponen de una base más fuerte para presentar alegaciones, sobre todo si la sanción es anterior a la entrada en vigor de la Ordenanza 2/2026 y afecta a esas zonas de especial protección.
Si estás en esta situación, conviene verificar tu etiqueta, comprobar si tu vehículo está domiciliado en Madrid, revisar la fecha y la zona de la multa y guardar toda la documentación. Los plazos para alegar son ajustados, así que actuar pronto es determinante.
La ZBE de Madrid no se quita: la Ordenanza 2/2026 sustituye a la norma anulada y mantiene las restricciones en vigor, con las cámaras y el cruce con la DGT plenamente operativos.
¿Qué vehículos sin etiqueta pueden circular todavía?
El régimen transitorio de abril de 2026 no ampara a todos los coches sin distintivo por igual. Se benefician los vehículos de categoría A que, de forma ininterrumpida desde el 1 de enero de 2022, estén domiciliados en Madrid en el Registro Nacional de Vehículos y figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento.
También quedan incluidos en esa tolerancia los vehículos A que no sean turismos, como camiones, furgonetas y motocicletas, con independencia del municipio en el que estén domiciliados.
En cambio, quedan fuera del régimen transitorio determinados turismos A, como ciertos familiares y todoterrenos, que no cumplían esos requisitos de domiciliación a fecha 1 de enero de 2022 o que dejaron de cumplirlos después. Su circulación por la ZBE constituye infracción grave sancionada con 200 euros, reducidos a 100 con el pronto pago.
Además, existen autorizaciones excepcionales para casos justificados: adquisición de un vehículo nuevo pendiente de entrega, desplazamientos a un hospital por enfermedad grave o vehículos industriales de autónomos próximos a la jubilación. Todas exigen solicitarlas con antelación y aportar la documentación acreditativa.
¿Puede volver a suspenderse el régimen transitorio?
Sí, y este es un punto que conviene tener presente. El permiso para circular de los vehículos A domiciliados en Madrid está condicionado a que se cumplan los valores límite de dióxido de nitrógeno en todas las estaciones de vigilancia de la calidad del aire de la ciudad. No es un derecho consolidado, sino una tolerancia sujeta a la evolución ambiental.
Si se incumpliera cualquiera de esos límites, la Junta de Gobierno podría dictar un acuerdo declarando extinguido el régimen transitorio. A partir de ese momento, y tras un plazo de seis meses desde su publicación, volvería a sancionarse la circulación de esos vehículos.
Por eso la recomendación general es no confiar únicamente en el régimen transitorio y verificar la situación concreta de cada coche antes de circular por la zona restringida.
¿Cómo afecta esta incertidumbre a tu día a día?
Mientras el debate jurídico continúa, la realidad para el conductor es clara: circular con un vehículo sin etiqueta por Madrid sigue siendo arriesgado y caro. Se estima que aún quedan cientos de miles de coches sin distintivo en la capital, y su sustitución supone un esfuerzo económico enorme para familias, autónomos y pymes.
Si quieres entender el conjunto de restricciones, puedes leer nuestra guía sobre las zonas de bajas emisiones de Madrid, repasar qué es Madrid Central y ver cómo funciona Madrid Central en detalle.
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